STELLANTIS, PARQUE SOLAR PARA AUTOGENERACIÓN, ABREN LA PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD DE TRES DE FEBRERO

El Ministerio de Ambiente de la provincia de Buenos Aires informó que se encuentra abierta la instancia de participación pública para la obra “Parque Solar Fotovoltaico (PSFV) Palomar1”. El trámite se basa en el otorgamiento de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y podrán enviarse consultas hasta el 7 de diciembre inclusive.

El Parque Solar Fotovoltaico estará emplazado en el predio de la fábrica de automóviles perteneciente al Grupo Stellantis2 en la localidad de El Palomar. La fábrica de autos está justo al este de la Ciudad
Jardín Lomas de Palomar, al oeste de la ciudad de Buenos Aires, a unos 13 km de la costa del
Rio de la Plata y a unos 2 km al NE del aeropuerto del Palomar. Las figuras que siguen
muestran la ubicación del predio en distintas escalas.

La Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental es la autoridad a cargo de la decisión ambiental que se abre a participación. La participación pública estará dividida en tres etapas. En primer lugar, la comunidad accede a la información sobre la decisión ambiental en curso. Luego, se formulan las observaciones y se remiten a la autoridad ambiental. Por último, la autoridad ambiental evalúa y considera los aportes para la decisión ambiental.

La Participación Ciudadana es una herramienta  fundamental en la toma de decisiones, a través de la cual el habitante de la localidad, es decir los que van a hacer beneficiados o posibles perjudicados con la obra u emprendimiento industrial, puedan expresarse.

Durante los primeros días, la comunidad tendrá abierta para su lectura la información del citado proyecto, y posteriormente quedará abierta la recepción de observaciones, comentarios y sugerencias sobre el mismo. La información quedará a disposición durante todo el proceso en la página web del Ministerio:

https://participacionpublica.ambiente.gba.gob.ar/participacion/resumen/Parque-Solar-Fotovoltaico-%28PSFV%29-Palomar1

La participación de la comunidad, a través de distintas instancias (consultas y audiencias públicas), debe desarrollarse antes de la toma de decisiones administrativas que habiliten proyectos que pudiesen generar impactos significativos sobre el ambiente o la salud.

La participación pública es un derecho de los/las bonaerenses y un deber del Estado, tanto Nacional como de la Provincia, garantizar el acceso al mismo. Este derecho se reconoce tanto en nuestra legislación provincial (Ley 11.723 y Ley 12.475), legislación nacional (Ley 25.675 y Ley 27.275) y en el “Acuerdo de Escazú”, que es el primer tratado de derechos humanos en materia ambiental para la región.

Prensa Ministerio de Ambiente

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