LA CÁMARA FEDERAL DE SAN MARTÍN RESOLVIÓ QUE EL CASO $LIBRA PASE A COMODORO PY ¿SALVATAJE A MILEI?

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La resolución desplaza a la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, para que quede en manos de María Servini y el fiscal Eduardo Taiano.

La Cámara Federal de San Martín resolvió este jueves que el caso $LIBRA, en el cual se encuentra involucrado el presidente Javier Milei, deberá tramitarse en los Tribunales de Comodoro Py. Mediante una resolución emitida por la Sala I-SEC. Penal N° 1 señaló que la causa quedará en manos de la jueza María Servini y el fiscal Eduardo Taiano.

De esta manera, se desplazó a la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, quien había reclamado la causa al referir que el tuit enviado por el jefe de Estado desde su cuenta oficial fue desde la Quinta de Olivos.

En el trámite de la vía impugnativa, el fiscal general «desistió de la práctica de la audiencia oral, expuso los motivos por los cuales la parte entiende que corresponde revocar la decisión adoptada en la instancia de origen y señaló distintos actos, a su criterio, no producidos y producidos en el proceso que otorgó el juzgado».

Entre los argumentos, señalaron que «el agente fiscal no impulsó de modo concreto y explícito la acción penal, que el juzgado realizó medidas en el expediente ‘como si el impulso procesal otorgado por parte de la Fiscalía Federal N° 3 de CABA, resultara habilitante para que Jueces de ajena jurisdicción pudieran actuar en función de ello’ y se quejó sobre la tardanza de la primera instancia para elevar este legajo de apelación a esta Cámara cuando ‘la economía procesal y el evitar dispendios jurisdiccionales, imponían que la cuestión deba ser resuelta del modo más ágil posible'».

Además, agregó que, «ante la evidente identidad de hechos que están siendo investigados en dos jurisdicciones, resulta inconveniente que no se procure de modo inmediato resolver la asignación de competencia territorial y en cambio, se continúe produciendo diversas medidas de prueba, que incluso pueden estar siendo realizadas por los otros órganos que están interviniendo, con el consecuente dispendio jurisdiccional ya mencionado».

Fuente: https://www.c5n.com/

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