El Juzgado Federal N°2 de Mendoza falló a favor de un planteo impulsado por las dos CTA y dejó sin efecto el recorte a la cobertura plena de medicamentos.
Un tribunal federal en Mendoza asestó un duro revés a las medidas del Gobierno nacional que limitaban el acceso gratuito a medicamentos para adultos mayores. En respuesta a una presentación conjunta de la CTA Autónoma y la CTA de los Trabajadores, el juez ordenó suspender dos resoluciones del PAMI que afectaban directamente a los beneficiarios jubilados.
“Este fallo representa un reconocimiento por parte de la Justicia a un derecho del que fueron brutalmente despojados los jubilados y las jubiladas de este país por parte del gobierno de (Javier) Milei”, expresaron en un comunicado conjunto Hugo Godoy y Hugo Yasky, secretarios generales de ambas centrales obreras.
2537/2024 emitidas por el PAMI resultan “regresivas, arbitrarias” y contrarias al principio de progresividad que debe regir en materia de seguridad social, según explicaron desde las organizaciones sindicales.
La medida judicial abarca específicamente a los afiliados al PAMI que están nucleados dentro de ambas CTA. “Este fallo reafirma la legitimación de nuestras organizaciones para accionar colectivamente frente a políticas que lesionan derechos fundamentales”, señalaron.
Desde las centrales sindicales también remarcaron que el organismo no puede actuar como si fuera una empresa. “Seguimos sosteniendo que el PAMI no puede comportarse como una empresa que administra beneficios según la lógica del recorte, sino como una institución que debe garantizar la salud de sus afiliados como un derecho humano básico”, completaron.
Esta decisión de la Justicia mendocina se suma a un fallo previo dictado en Córdoba, donde también se ordenó suspender la aplicación de la resolución 2431/24 que fijaba nuevos filtros para acceder al 100% de cobertura. Esa normativa —impulsada por el Gobierno libertario en agosto pasado— establecía que los beneficiarios no debían tener ingresos superiores a 1,5 haberes mínimos, ni ser titulares de más de un inmueble o de un vehículo con menos de quince años de antigüedad.