EN LA SEMANA DEL PARO EMPLEADOS DE COMERCIO EJECUTARIAN LAS PARITARIAS YA ACORDARAS
A días de activarse la liquidación del primer mes del año, la FAECyS apelará a la quinta disposición consensuada en la revisión de octubre 2023.
Paritaria de Empleados de Comercio: la cláusula que definirá las negociaciones de enero 2024
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) junto a las cámaras empresariales del sector activarán en enero 2024 la cláusula quinta del acuerdo de revisión sellado en octubre 2023.
Según el entendimiento homologado por el entonces Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, ambas partes evaluarán el pleno de las variaciones económicas que podrían haber afectado a las escalas actualizadas en un 38%.
“Las partes firmantes de este acuerdo colectivo asumen el compromiso de reunirse en el mes de enero de 2024, a iniciativa de cualquiera de ellas, a fin de analizar las escalas salariales convencionales, sumas, porcentajes, incorporaciones, atento a las variaciones económicas que podrían haber afectado dichas escalas, pactadas en este Acuerdo y desde la vigencia del mismo”, puntualizó el inciso.
Con la mejora mensual convenida por la UOCRA, UOM, Estatales nacionales y bonaerenses y Aceiteros, el guarismo correspondiente a la paritaria mercantil de 2023 podría adoptar este esquema a fin de recomponer los ingresos impactados por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de diciembre (25,5%).
“Conscientes y encaminados a una paritaria libre que logre ganarle a la inflación logrando así el bienestar de todos los empleados y empleadas de comercio”, remarcó el domingo el titular de la FAECYS, Armando Cavalieri, a través de un comunicado donde oficializó la adhesión al paro de la CGT pautado para el miércoles 24.
Otro de los lineamientos que demarcarán las negociaciones será la absorción de las subas no remunerativas (definidos en tres tramos) a los básicos convencionales correspondientes. Si bien el incremento no se traducirá en un engrosamiento de las liquidaciones, si se adoptará el carácter de componente para el cálculo de antigüedad, plus vacaciones y/o presencialidad.