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El calendario fiscal 2026 exige revisar los ingresos anuales del Monotributo en ARCA.
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La recategorización obligatoria vence el 5 de febrero e incluye varios parámetros de actividad.
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No cumplir puede derivar en recategorización de oficio, multas o ajustes retroactivos.
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Inconsistencias entre gastos, ingresos o precios pueden provocar la exclusión del régimen.
El 2026 ya se encuentra en curso y se aproximan semanas determinantes para los millones de trabajadores inscriptos en el Monotributo, el régimen simplificado destinado a pequeños contribuyentes de ARCA, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero que reemplazó a la AFIP. Con el comienzo del año se activa el calendario fiscal y surge la necesidad de analizar los ingresos obtenidos durante los últimos doce meses. Este período resulta clave para que prestadores de servicios y comerciantes cumplan correctamente con sus obligaciones tributarias dentro del nuevo esquema institucional.
En los próximos días, cada monotributista deberá evaluar si corresponde un cambio de categoría a partir de los parámetros vigentes, que contemplan la evolución reciente de los precios y la inflación. El plazo para completar la recategorización semestral vence, como ocurre cada año, el 5 de febrero. En este proceso no solo se consideran los ingresos brutos, sino también variables como la superficie destinada a la actividad, el consumo de energía eléctrica y los alquileres asociados, elementos que pueden definir la continuidad o el pase a una escala superior.
También resulta oportuno revisar si la permanencia en este régimen se mantiene sin riesgos, especialmente cuando la facturación se acerca a los topes máximos o aparecen errores evitables. Exceder el precio unitario permitido o registrar gastos personales que no se condicen con los ingresos declarados constituyen motivos de exclusión automática. Conocer en detalle estos puntos permite evitar sanciones y transitar el calendario de ARCA durante 2026 con mayor previsibilidad y tranquilidad.
Qué debés saber sobre la recategorización del monotributo de ARCA en 2026
La primera recategorización del año ante ARCA, organismo que reemplazó a la AFIP, constituye un trámite obligatorio para los contribuyentes cuyos parámetros de actividad registraron cambios durante los últimos 12 meses. El vencimiento para completarlo opera el 5 de febrero de 2026 y resulta imprescindible utilizar las tablas de escalas vigentes desde enero. En esta instancia corresponde analizar no solo los ingresos brutos anuales —con un tope de $8.992.597,87 para la categoría A— sino también variables relevantes como el consumo de energía eléctrica, la superficie destinada a la actividad y los alquileres devengados en el último año calendario.
Conviene tener presente que la falta de cumplimiento dentro del plazo habilita al organismo a realizar una recategorización de oficio, con posibles multas y el cobro retroactivo de diferencias ante inconsistencias detectadas en movimientos bancarios o consumos con tarjeta. Si el análisis confirma que los parámetros permanecen dentro de los límites de la categoría actual, no corresponde efectuar ninguna gestión en el portal. Aun así, una revisión cuidadosa antes de la fecha límite se presenta como la mejor herramienta para sostener el encuadre en el régimen simplificado y evitar un pase inesperado al régimen general.
Cuáles son los errores a evitar en la recategorización del monotributo de ARCA
Uno de los errores más frecuentes y costosos surge de la falta de coherencia entre los gastos realizados y los ingresos declarados. ARCA cruza información de forma automática al analizar consumos con tarjeta de crédito, movimientos bancarios y pagos de expensas o servicios; cuando esos montos exceden los ingresos correspondientes a la categoría declarada, el organismo puede avanzar con una exclusión de oficio. También resulta habitual que algunos contribuyentes no contemplen la totalidad de las facturas emitidas durante los últimos 12 meses, sin tener en cuenta que el cálculo exige precisión absoluta y no estimaciones aproximadas para mantenerse dentro de los límites permitidos.
Otro error recurrente aparece al descuidar el precio máximo unitario de venta y los plazos legales del régimen. Durante 2026, quienes comercializan productos deben verificar que ninguna unidad supere el valor tope establecido, dado que una sola operación por encima de ese límite habilita el pase inmediato al Régimen General. A esto se suma el riesgo de postergar el trámite hasta el último día, el 5 de febrero, una práctica que suele generar inconvenientes técnicos por la saturación del sistema de ARCA y que puede derivar en una recategorización fuera de término, con sanciones económicas o la pérdida de beneficios fiscales por falta de actualización de datos.

