AGUSTÍN ROSSI Y LUIS PETRI: EL CRUCE SBRE EL USO DE LAS FUERZAS ARMADAS EN LA FRONTERA

Foto Wikipeida

El gobierno nacional, a través del ministro de Defensa Luis Petri, autorizó recientemente a las Fuerzas Armadas argentinas a detener civiles que cometan delitos en flagrancia en puestos fronterizos, justificando la medida como una herramienta para reforzar el control y vigilancia en zonas limítrofes y argumentando que esta práctica es común en países vecinos y está respaldada por el Código Procesal Penal de la Nación. 

La decisión generó una fuerte polémica política y jurídica, especialmente por la forma en que fue implementada: mediante una resolución ministerial y reglas de empeñamiento de carácter reservado.

Agustín Rossi, exministro de Defensa, salió públicamente al cruce de Petri y calificó la medida como “ILEGAL”, señalando que va en sentido contrario a lo que prescriben las leyes de Defensa y de Seguridad Interior. Rossi sostiene que las tareas de detención y control de criminalidad común u organizada corresponden a las fuerzas de seguridad federales y provinciales, no a las Fuerzas Armadas, cuya misión principal es custodiar la soberanía nacional en los ámbitos terrestre, marítimo y aéreo.

Rossi advierte que el personal militar que acate estas órdenes “está absolutamente desprotegido legalmente”, ya que se los obliga a realizar tareas expresamente prohibidas por la legislación vigente. Critica, además, que el gobierno haya recurrido a una “resolución ministerial floja de papeles” luego de que el Congreso rechazara una reforma a la Ley de Seguridad Interior, y que las reglas de empeñamiento se hayan mantenido en secreto.

“El personal militar que acate estas órdenes está absolutamente desprotegido legalmente, lo obligan a hacer tareas que corresponden a las fuerzas de seguridad y que están taxativamente prohibidas por las leyes vigentes. Intentaron modificar la ley de Seguridad Interior con un proyecto que no tuvo consenso en Diputados y ahora lo hacen con una ‘Resolución Ministerial’, tan floja de papeles, que la hicieron ‘secreta’”.

Rossi también remarca el peligro de “desprofesionalizar” a las Fuerzas Armadas y exponerlas a situaciones para las que no han sido capacitadas, debilitando su función esencial y poniendo en riesgo tanto al personal como al sistema legal argentino.

Luis Petri, por su parte, defendió la decisión argumentando que la detención en flagrancia puede ser realizada por cualquier persona según el Código Procesal Penal, y que la medida no viola la Ley de Seguridad Interior, ya que los militares actuarán en zonas inhóspitas y no en áreas pobladas o pasos fronterizos habilitados245. Petri sostiene que la medida busca evitar que los militares sean judicializados por actuar ante delitos flagrantes y que se está capacitando y equipando a las Fuerzas Armadas para estas tareas, replicando modelos de países vecinos y experiencias internacionales.

“La aprehensión en flagrancia puede hacerla cualquier persona, según el artículo 183 del Código Procesal Penal. No hace falta ser agente de seguridad”.

Petri también acusa a sus críticos de tener un “sesgo ideológico” y de haber “mani-atado” a las fuerzas armadas en el pasado, defendiendo que la medida es necesaria para la defensa de la soberanía y la lucha contra el crimen en las fronteras.

El núcleo del conflicto radica en la interpretación de las leyes de Defensa Nacional y Seguridad Interior, que en Argentina establecen límites claros al empleo de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad interna, reservando su accionar para casos de agresión externa. La doctrina local y la experiencia histórica han reforzado esta separación, buscando evitar la militarización de la seguridad interior tras los abusos de la última dictadura.

Las reglas de empeñamiento, que regulan cómo y cuándo el personal militar puede usar la fuerza, fueron redactadas para este operativo de frontera, incluyendo la posibilidad de detención transitoria de civiles en flagrancia, pero con restricciones estrictas sobre el uso de armas y priorizando la notificación inmediata a las fuerzas de seguridad o la justicia. Sin embargo, especialistas y exministros advierten que estas normas pueden chocar con el marco legal vigente y dejar desprotegido al personal militar ante eventuales denuncias judiciales.

La decisión del gobierno de habilitar a las Fuerzas Armadas para detener civiles en la frontera ha abierto un fuerte debate político, legal y doctrinario. Agustín Rossi denuncia la medida como ilegal, riesgosa y contraria al rol constitucional de las Fuerzas Armadas, mientras que Luis Petri la defiende como necesaria y ajustada a derecho. El trasfondo es una discusión de fondo sobre los límites entre defensa y seguridad interior en la Argentina y el riesgo de desprofesionalización y exposición legal del personal militar.

*Con NA

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