El Tribunal de Cuentas multó a Diego Valenzuela y amonestó a parte de su gabinete por irregularidades administrativas y contrataciones de publicidad observadas. El fallo se conoce poco después de que el dirigente fuera confirmado para integrararse al gobierno de Javier Milei.
Si bien el organismo aprobó las cuentas en términos generales, lo hizo dejando constancia expresa de observaciones que consideró configuradas y que, en varios casos, implican responsabilidad administrativa y la aplicación del régimen sancionatorio previsto en la ley Orgánica del Tribunal.
Observaciones administrativas y desajustes contables
Uno de los ejes centrales del fallo fue el incumplimiento en la remisión de la nómina de autoridades municipales. El Tribunal determinó que no fue enviada al inicio del ejercicio como exige la normativa y que varios reemplazos dispuestos por decreto —entre ellos los instrumentados mediante los decretos 70 y 108— no fueron informados dentro del plazo de diez días previsto reglamentariamente. La documentación fue remitida de manera extemporánea y la observación ya había sido formulada en el ejercicio anterior, por lo que el reparo fue confirmado.
En materia de personal, el organismo detectó diferencias sustanciales entre la planta aprobada por ordenanza y los datos cargados en el módulo de Administración de Personal del sistema RAFAM. El departamento ejecutivo tenía presupuestados 1.950 cargos de planta permanente, mientras que el sistema reflejaba 3.908, lo que implicó una diferencia de 1.889 cargos. También se verificaron inconsistencias en la planta temporaria y en el Honorable Concejo Deliberante. Aunque el municipio sostuvo que no se habían excedido los cargos autorizados y que se trataba de errores técnicos en proceso de corrección, la Relatoría confirmó la observación por incumplimiento normativo.
Otro punto relevante fue la deuda flotante. Al cierre del ejercicio 2024, el Estado de Evolución del Pasivo arrojó un saldo de 5.888.612.792,68, mientras que la cuenta corriente resumida de proveedores registraba 5.586.210.468,80, generando una diferencia de 302.411.323,88. El municipio explicó que parte del desfasaje obedecía a la regularización manual de una deuda con la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), vinculada a registraciones de tierras mal imputadas en años anteriores. A pesar de los ajustes posteriores, el Tribunal confirmó el reparo porque la diferencia subsistía al cierre del ejercicio bajo análisis.
Contrataciones de publicidad bajo observación
Las observaciones más relevantes se concentran en contrataciones de publicidad oficial tramitadas bajo la modalidad de compra directa.
En la compra directa Nro. 104 (expediente 4117-48663/2024) se adjudicó por 33.600.000 al proveedor Martín Rodríguez la difusión mensual de avisos institucionales en El Nueve, Canal IP Noticias, FM Aspen 102.3 y el portal Página/12. El Tribunal observó que la contratación fue encuadrada como excepción bajo el artículo 156 inciso 4 de la Ley Orgánica de las Municipalidades cuando, según el análisis técnico, no correspondía aplicar ese régimen. Además, se detectó una incorrecta utilización de la unidad de medida, tanto en la solicitud de pedido como en la orden de compra.
En la compra directa Nro.. 89 (expediente 4117-48656/2024) se adjudicaron 8.470.000 a La Cornisa Producciones SA, vinculada al periodista Luis Majul, para la difusión de avisos institucionales en FM Berlín 107.9. Aquí también se objetó el encuadre como compra directa por excepción y la incorrecta consignación de la unidad de medida.
En la compra directa Nro. 124 (expediente 4117-48585/2024) se contrataron 5 millones de pesos con AMBA News SRL. para publicidad en el programa “GBA” emitido por Canal Somos. Nuevamente se repitieron las mismas observaciones técnicas: encuadre normativo improcedente y errores formales en la documentación contractual.
En todos los casos, pese a los descargos de los funcionarios —que alegaron razonabilidad del gasto y efectiva prestación del servicio— la División Relatora confirmó los reparos por incumplimiento de la ley Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento de Contabilidad y las disposiciones administrativas vigentes.
Multa al intendente y amonestaciones a su gabinete
A diferencia de otros ejercicios donde sólo se dejaron constancias formales, en esta oportunidad el Tribunal aplicó sanciones económicas concretas.
En el considerando séptimo del fallo, el organismo resolvió imponer una multa de 300 mil al entonces intendente Diego Valenzuela. La sanción se fundamenta en los incumplimientos detallados en el considerando quinto —referidos a la nómina de autoridades y planta de personal— y en el considerando sexto —relativos a las contrataciones de publicidad oficial observadas—.
La resolución fijó un plazo de noventa días para el depósito de la multa en la cuenta fiscal del organismo y dejó abierta la posibilidad de interponer recurso dentro de los plazos legales.
El antecedente adquiere una particular relevancia política porque Valenzuela fue confirmado por el gobierno de Javier Milei como futuro titular de la Agencia de Seguridad Migratoria, un organismo estratégico dentro de la reorganización del control fronterizo y la política migratoria nacional que dependerá de la titular del ministerio de Seguridad, Alejandra Monteoliva. (www.REALPOLITIK.com.ar)demás de la multa pecuniaria, el Tribunal aplicó amonestaciones a varios funcionarios del gabinete municipal involucrados en los expedientes cuestionados: la subsecretaria de Recursos Humanos, Vanesa Melina